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lunes, junio 09, 2008

Consolidemos la Alta Dirección Pública

Consolidemos la Alta Dirección Pública

Pablo Longueira Montes
Senador de la República

Hace cinco años, la imagen de Chile y de nuestras instituciones se debilitaba cada vez más por el complejo escenario de escándalos de corrupción que enfrentaba el país, lo que afectaba el buen posicionamiento que habíamos logrado por años.

En ese período aún era presidente de la UDI y estaba convencido -y lo sigo estando- de que había que traspasar las fronteras ideológicas, generando a través de una reforma un acuerdo país que fuera un ejemplo de democracia en Chile. Se trataba de lograr que Gobierno y oposición -mediante un trabajo conjunto- pudieran concordar y legislar sobre una serie de materias, contribuyendo a poner fin a este tipo de prácticas en la administración del Estado. Y aquello se logró el 16 de enero de 2003, cuando asumí, en representación de la UDI, el compromiso de sellar un acuerdo de modernización del Estado con el Gobierno, presidido en ese entonces por Ricardo Lagos.

Como consecuencia de este acuerdo nacional surge el sistema de Alta Dirección Pública, logrando desde la oposición una tabla de respaldo no al Presidente del momento, sino que a Chile. Este sistema permitiría devolver esa confianza y credibilidad -bastante debilitadas- a la ciudadanía, ofreciéndole la alternativa de contar con servicios públicos de calidad. Para ello se impulsó un mecanismo de selección que privilegiara el mérito para designar cargos directivos en la administración central del Estado, dejando atrás el cuoteo y "amiguismo" político.

En el contexto de este nuevo sistema, el Gobierno cedía la opción de elegir por "dedocracia" un total de 790 cargos de jefatura en 100 servicios públicos, y se adoptaba un mecanismo de selección sobre la base del mérito. Hubiésemos preferido que todos los cargos de la administración pública fuesen concursados, pero comprendimos que avanzar hacia un Estado más moderno, convocar nuevas caras e introducir competencia en la selección también significaba ser demasiado ambiciosos en una primera etapa.

Hace unos días, los cuatro miembros del Consejo de Alta Dirección Pública, ratificados por el Senado, realizaron una declaración conjunta en la que entregaron un balance de los logros alcanzados. Algunos no son muy alentadores, pues los avances -tras cuatro años de funcionamiento- son bastante exiguos frente a los obstáculos y desafíos que aún están pendientes.

Según conclusiones del Consejo, lo positivo es que en 2007 se nombró a un total de 120 altos directivos públicos, lo que representa un incremento del 35% respecto del año anterior; ese mismo año se publicaron 15 convocatorias a concursos mensuales versus tres en 2004. Sin embargo, el total de cargos con nombramiento ha llegado tan sólo a 252, de 790 de jefatura, y la existencia de otros 202 en proceso no es suficiente, pues significa que se ha concursado únicamente al 31% de los cargos.

Por otra parte, el informe menciona que el 14% de los profesionales seleccionados proviene del sector privado -bastante pocos-, lo que indica que todavía existe una falta de confianza y de compromiso real por el sistema. En concreto, las remuneraciones son muy bajas, los procesos de selección muy largos y el riesgo de que los mejores profesionales encuentren trabajo en otro lugar es bastante alto. Con ello, lo único que conseguimos es desincentivar el espíritu que dio origen a esta modernización, que precisamente buscaba integrar a las personas más idóneas en el sector público para legitimar y consolidar el sistema.

El 2003 fue un año de avances para Chile. Sin embargo, en la actualidad el Gobierno debe dar señales más concretas y efectivas para respaldar el sistema y lograr una mayor consolidación de éste. Debemos fortalecerlo de manera de evitar su utilización para otros fines no esperados en esta reforma, como ocurrió en el caso de Chiledeportes, donde los concursos de 2º nivel fueron un mero expediente político.

Este proceso de modernización es quizás el más revolucionario que hemos vivido en el último tiempo -de excepción en Latinoamérica- e incluso permite acercarnos hacia un estándar internacional. No obstante, quedan muchos aspectos que se deben perfeccionar. Desde enero de 2007 se encuentra en trámite el proyecto de ley presentado por el Gobierno en el marco de la Agenda de Probidad, Transparencia, Calidad Política y Modernización del Estado. Avancemos en esta materia y seamos ambiciosos.

No desaprovechemos el significativo paso que dimos como país, profesionalizando a los altos directivos para hacer más eficiente y mejorar la calidad de todo el aparato público del Estado. No olvidemos que los más beneficiados con esto son los ciudadanos y el país.

 

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Rodrigo González Fernández
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MOMENTOS DECISIVOS PARA EL PROYECTO DE DEFENSORIA DE LAS PERSONAS: PASA A CONOCIMIENTO Y VOTACION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS !

CAPITULO CHILENO DEL OMBUDSMAN

 

MOMENTOS DECISIVOS PARA EL PROYECTO DE DEFENSORIA DE LAS PERSONAS: PASA A CONOCIMIENTO Y VOTACION DE LA CAMARA DE DIPUTADOS !

-Comentario preliminar del Capítulo Chileno del Ombudsman-

El proyecto de reforma constitucional que crea la Defensoría de las Personas (ombudsman) ha logrado un gran y significativo avance: ha sido aprobado por unanimidad por la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía de la Cámara de Diputados y ha pasado a la Sala de la Cámara de Diputados para su discusión, aprobación o rechazo.

En efecto, tras su aprobación en general, el miércoles 3 de Mayo, el proyecto fue aprobado en particular por la Comisión de Derechos Humanos, contándose actualmente con el primer proyecto aprobado por una instancia legislativa desde 1991, año en que por primera vez se presentara un proyecto en la materia. Cabe señalar que facilitó la unanimidad de la votación de los diputados de la Comisión presentes, la elaboración de una indicación sustitutiva por diputados de las distintas bancadas representadas en la citada Comisión (diputados Sra. Rubilar y sres. Aguiló, Chahuán, Jiménez y Ojeda).

El Presidente del Capítulo Chileno del Ombudsman, Juan Domingo Milos, tuvo la oportunidad de participar, en calidad de invitado, en este significativo momento en la historia de la institución del ombudsman en nuestro país.

La iniciativa de la Defensoría de las Personas, se juega pues su destino en la votación, en sala, de la Cámara de Diputados, requiriéndose un quórum de tres quintos para su aprobación o rechazo. Es posible además que se formulen indicaciones.

Al mas breve plazo se publicará en esta página el texto del proyecto aprobado por la Comisión, pero desde ya puede resumirse las principales disposiciones:

  • El órgano constitucional se denominará Defensoría de las Personas.
  • Como finalidad de la Defensoría de las Personas, se establece que "velará por la promoción, tutela y protección de los derechos y garantías asegurados en la Constitución Política de la República, en los tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile y en las leyes, ante actos u omisiones de órganos y servicios de la administración pública y de personas naturales o jurídicas que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública".
  • Para el cumplimiento de sus funciones, podrá requerir información y verificarla, en relación "a la actividad de los órganos de la Administración del Estado y de los prestadores de servicios públicos, pudiendo formular sugerencias, recomendaciones e informes a las respectivas autoridades, los que no tendrán carácter de vinculantes. Los órganos o personas requeridas estarán obligados a proporcionar la información solicitada".
  • Le corresponderá asimismo, sin perjuicio de la facultad de otros órganos, "asumir la defensa de aquellos derechos que tengan impacto colectivo o involucren a una pluralidad de individuos". Podrá para ello "requerir el pronunciamiento de tribunales ordinarios o especiales, a través de acciones y recursos que permitan restablecer los derechos fundamentales afectados".
  • El Defensor de las Personas "será designado por el Presidente de la República, con acuerdo de la Cámara de Diputados, adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto".
  • El Defensor deberá tener a lo menos diez años de título profesional, haber cumplido cuarenta años de edad, durará cinco años en el cargo, podrá ser reelegido por una sola vez. No podrá optar a cargos de elección popular sino después de transcurridos dos años de concluido su cargo.
  • Se establece para la Defensoría, entre otras, la función de mediación entre el o los afectados y las autoridades públicas.

Comentario preliminar

El Capítulo Chileno del Ombudsman aprecia con satisfacción la expedita tramitación que ha dado al proyecto la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados y reconoce asimismo la iniciativa del Gobierno para mantener su urgencia, así como su disposición a recoger diversos aportes surgidos durante la discusión en general.

Varias de las disposiciones hoy aprobadas coinciden con pronunciamientos previos y permanentes del Capítulo Chileno del Ombudsman y nos complace haber contribuido mediante nuestros documentos y nuestra participación, en calidad de invitados, en las sesiones de la citada Comisión.

  1. Señalamos como positivo que se haya añadido como finalidad, salvando una omisión, la función esencial de una Defensoría de las Personas, cual es la promoción de los derechos y garantías constitucionales
  2. Nos parece acertado que se haya consagrado en el texto la posibilidad de acción de la Defensoría en relación a "las leyes" y no solo en relación a los derechos y garantías recogidos en la Constitución y en los tratados internacionales.
  3. Nos parece asimismo clara la referencia a las actuaciones de la Defensoría frente a vulneraciones en que pudieren incurrir las personas naturales y jurídicas que atiendan servicios de utilidad pública, no solo pues los órganos de la Administración.
  4. En cuanto al nombre, hubiéramos preferido Defensoría del Pueblo, pero tiene también méritos el de Defensoría de las Personas.
  5. Es también positivo que se consagre para la Defensoría la posibilidad de defensa en sede jurisdiccional, de los derechos que tengan impacto colectivo o involucren una pluralidad de individuos, de manera amplia, sin mención a tribunales específicos.
  6. Nos parece poco conveniente que se haya mantenido la restricción de la acción de la Defensoría "ante actos u omisiones de la administración pública…que ejerzan actividades de servicio o utilidad pública". Por dos órdenes de razones: por un lado reduce el ámbito de competencia, restando las intervenciones de alcance general, "erga omnes", que tienen internacionalmente determinadas actuaciones de los ombudsman, y, por otro, se refiere a la "administración pública" término superado y restrictivo a las actuaciones del Gobierno, debiendo haber señalado "a la Administración del Estado", en los términos de la Ley de Bases.
  7. Para el cumplimiento de sus funciones, no se recogió la facultad de "investigar" que contempla el Mensaje del proyecto, ni la de "inspeccionar" que figuraba en el proyecto primitivo del Gobierno, que son esenciales para que tengan sustento y relevancia las actuaciones de la Defensoría. Pero, felizmente, tampoco se aprobó la que limitaba tal función únicamente a "requerir información" a los órganos objeto de la queja (última indicación del Gobierno) y se obtuvo una fórmula intermedia: "requerir información" con posibilidad de "verificarla". Se retrocedió pues en relación al proyecto primitivo y de quedar aprobada en Sala y luego en el Senado esta disposición, dependerá de su interpretación del legislador de la ley orgánica, para concluir si se ha contemplado o no un requisito esencial de la figura, de conformidad a la doctrina y legislación internacional.
  8. En cuanto a la designación del Defensor, advertimos una distorsión en relación a la naturaleza de la institución del ombudsman y los principios internacionales que la orientan, al dejarla en manos del Presidente de la República con aprobación de la Cámara de Diputados. A pesar que se requiere un alto quórum de la instancia legislativa (3/5 de sus miembros en ejercicio), a nuestro juicio, el órgano que tendrá por función velar por los derechos públicos de las personas, principalmente ante la Administración, no puede ser designado, sin grave perjuicio de credibilidad y legitimidad social, por la autoridad encargada constitucionalmente de la Administración del Estado. Nada dice el proyecto aprobado acerca de la proposición de nombre(s) y si queda asimismo en manos del o de la Presidente, este proyecto, además de acentuar el presidencialismo, agravaría la falta de un requisito esencial para los estándares internacionales, que requieren claramente, por razones de independencia, que la nominación se efectúe por la instancia legislativa. (Principios de Paris)
  9. Si bien no excluye que se contemple en la ley orgánica constitucional posterior, habría sido conveniente enunciar en la Constitución, en alguna medida, la participación ciudadana en la nominación del Defensor o Defensora y/o en la actividad del órgano

Celebramos pues los importantes avances obtenidos por el conjunto de los actores que propician el ombudsman en Chile y esperamos que las disposiciones menos logradas o debatibles sean abordadas con toda la información necesaria por los diputados y diputadas de la República.

Santiago, 07 de Junio de 2008



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BIOCOMBUSTIBLES TEMA DE BIOCOMBUSTIBLES TODAVíA SE DESCONOCE
 
CUENCA.- Desconocimiento existe entre los transportistas acerca de los biocombustibles, que es un proyecto que se impulsa a nivel mundial y nacional, según se pudo comprobar en una pequeña encuesta hecha entre los conductores que laboran en la Terminal Terrestre de Cuenca.

Aunque por curiosidad propia, uno de ellos Pablo Prado que pertenece a la cooperativa de Transportes San Luis, manifestó saber que los biocombustibles tienen como finalidad reducir la contaminación ambiental, y que podrían ser más económicos que los derivados del petróleo que cada día se incrementan más.

Señala que es importante socializar el tema entre los miembros de este sector, e incluso hacer foros de discusión para conocer más detalles, sus beneficios y desventajas.

Braulio Tinoco, ingeniero químico de la Dirección Regional de Hidrocarburos señala que los biocombustibles efectivamente son una alternativa para mejorar el medioambiente, ya que las emisiones que produce, eliminan parte del CO2 que está acumulado y que causa el denominado calentamiento global.

El CO2 que eliminan los biocombustible es más ecológico, y las plantas lo absorben con mayor facilidad, al contrario de las emisiones de los derivados de petróleo.

El alcohol etílico puro

Un biocombustible es el alcohol etílico puro. Mediante métodos de destilación fraccionada se obtiene en un procentaje de hasta el 98%, con un 2% de humedad. No se puede eliminar más agua mediante destilación, pero en la fase de vapor se implementan una serie de mecanismos a fin de obtener el alcohol anhidro, es decir con 0 agua.

La gasolina no se mezcla con el agua como se conoce, pero con el alcohol anhidro sí, de tal forma que podemos mezclar en la proporción que queramos, señala.
Se hizo pruebas el año anterior y se vio que con la mezcla de 10% de alcohol con 90% de gasolina, no había necesidad de hacer ninguna reforma a los motores de los vehículos para que funcionen.

Este 10% de mezcla significa que el país tendría que importar una menor cantidad de combustibles fósiles, y también la producción de alcohol significaría una mayor producción agrícola y económica. 

Voces en contra

Aunque se presentan múltiples ventajas en el uso de biocombustibles, sin embargo a nivel mundial han surgido voces de alerta, por una posible hambruna, debido a que ahora se dará prioridad a la producción agrícola para elaborar estos productos, dejando en segundo plano la alimentación humana.

Sofía Espín, asambleísta por Guayas en un artículo publicado en la página electrónica de la Asamblea Constituyente señala: Cuando en el mundo ya habían problemas de hambruna no resueltos, hoy se profundiza la escasez de alimentos y el alza de precios sin precedente, produciendo una crisis mundial, porque los alimentos ahora sirven para los combustibles de los carros de los ricos, y por qué además es un negocio mucho mejor vender la producción agrícola para biocombustibles que vender alimentos a la población. (COR)

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