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sábado, junio 16, 2007

sábado, 16 de junio de 2007

sábado, 16 de junio de 2007

Proyecto que reconoce derechos de artistas audiovisuales da cuenta del esfuerzo del Gobierno para apoyar el arte y la cultura en nuestro país

Dando cumplimiento al compromiso adquirido con el ámbito de la cultura durante su campaña presidencial, la Jefa de Estado, Michelle Bachelet, firmó esta semana el proyecto de ley que reconoce los derechos de los artistas intérpretes de obras audiovisuales, el cual permitirá –entre otros beneficios- que los actores de ejecuciones artísticas en formato audiovisual cobren un porcentaje de las retransmisiones que realice la empresa dueña de los derechos, y también podrán oponerse a toda deformación sobre su actuación o interpretación, que perjudique su prestigio o reputación.

De este modo, el Gobierno da cuenta del esfuerzo que está llevando a cabo para apoyar el arte y la cultura en nuestro país, permitiendo que quienes se desempeñan en esta área reciban un real reconocimiento de su trabajo y puedan desarrollarse de mejor manera.

Actualmente, la normativa vigente sobre propiedad intelectual, prohíbe grabar, reproducir, transmitir o retransmitir por los organismos de radiodifusión o televisión, o utilizar por cualquier otro medio, las interpretaciones o ejecuciones personales de un artista, sin su autorización o la de su heredero o cesionario. Sin embargo, son consideradas insuficientes porque no reconoce expresamente el derecho moral sobre de los artistas sobre sus interpretaciones y no se encuentran regulados los derechos de los artistas audiovisuales relativos a sus interpretaciones o ejecuciones una vez que estas se encuentran fijadas o representadas en un soporte audiovisual.

Por ello, el Gobierno busca crear una normativa que permita solucionar aquellos problemas a través de este proyecto de ley que crea un estatuto normativo especial respecto a los artistas, intérpretes o ejecutantes de obras audiovisuales.

Principales aspectos del proyecto

Derecho moral

La iniciativa consagra el derecho perpetuo de todo artista a reivindicar la asociación de su nombre sobre sus interpretaciones o ejecuciones y a oponerse a toda deformación, mutilación u otro atentado sobre su actuación o interpretación, que lesione o perjudique su prestigio o reputación.

Derecho patrimonial

Además, consagra el derecho de todo artista, intérprete y ejecutante audiovisual a percibir una remuneración por la comunicación pública de sus interpretaciones o ejecuciones audiovisuales fijadas, cuando este sea realizado por los canales de televisión, cable y organismos de radiodifusión en general, cuya transmisión sea por medios digitales o analógicos, incluyendo Internet.

Con lo anterior, el que se beneficie económicamente con la utilización de los registros audiovisuales estará obligado al pago de una remuneración a sus ejecutantes. Sin embargo, no quedaran sujetos a esta remuneración las que se realizan a partir de las emisiones que ya han debido pagar por terceras personas o se trate de utilizaciones sin interés comercial.

Cabe destacar que esta iniciativa complementa el proyecto de reformas a la Ley 17.336 de Propiedad Intelectual, que fue firmado en abril de este año y se encuentra en discusión en el Parlamento, el cual apunta a proteger a los autores, pero a la vez a facilitar el acceso de la población a los bienes culturales.

Más información: www.consejodelacultura.cl

Saludos
Rodrigo González Fernández
Consultajuridicachile.blogspot.com
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santiago-chile
 
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